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La Constitución española declara a nuestro Estado como aconfesional, es decir, capaz de garantizar el ejercicio pleno y en igualdad de condiciones de la libertad de conciencia, base común de las demás libertades incluida la libertad religiosa. Ninguna confesión, por tanto, tendrá carácter estatal.
Por otra parte, la relación entre la influencia de la Iglesia Católica en la enseñanza en España y la llegada tardía de los valores de la Ilustración, ocasionaron nuestro atraso en materia de libertad de conciencia respecto a otros países europeos.
Sirva lo anterior para denunciar que los ciudadanos españoles que no profesamos creencia religiosa alguna, tenemos nuestros derechos, amparados en la Constitución, derechos que son vulnerados, por el peso histórico que la Iglesia Católica ejerce en nuestra sociedad.
Uno de esos derechos es la posibilidad de organizar sepelios civiles de manera digna. La inexistencia de espacios públicos dedicados a este fin, deja a muchos ciudadanos desatendidos de ese derecho, sin poder realizar la despedida en una ceremonia privada, entrañable y digna acorde a como el fallecido concebía la vida según sus convicciones.
Vivimos civilmente y nos entierran por el rito católico. Por todo ello se propone al Pleno la siguiente
PROPUESTA DE ACUERDO
Que el Ayuntamiento de Elda cree o habilite un espacio público para la celebración de sepelios civiles de ciudadanos sin creencias religiosas |